¿Qué es el Bono Social de Electricidad?
La aparición del Nuevo SARS Covid -19 es una situación que nos afecta a todos. Sin embargo, algunos somos más vulnerables que otros en las consecuencias económicas o de continuidad de la calidad de vida.
España, en respuesta al Estado de Alarma ha generado mecanismos para que los consumidores vulnerables puedan aplicar a descuentos en el pago del servicio eléctrico, así como garantizar que los servicios básicos no podrán ser suspendidos a la ligera en estos tiempos.
En pocas palabras, el Bono Social Eléctrico, es un descuento en la factura.
Todos los solicitantes deben pasar por un proceso para recibir el Bono y habrá un límite de consumo establecido.
Este descuento será de entre un 25 a un 75% dependiendo del nivel de vulnerabilidad y afectación por el Covid-19.
¿Qué tipos de descuento ofrece el Bono Social de Electricidad?
- De un 25% para consumidores vulnerables que cumplan los requisitos establecidos.
- De un 40% para consumidores vulnerables severos que cumplan los requisitos establecidos.
No deberán hacer frente a la factura eléctrica:
- Consumidores en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.
COVID 19:
- Nuevos beneficiarios. Serán considerados consumidores vulnerables y podrán acceder a un 25% de descuento en su factura eléctrica.
- Los trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad a causa del COVID-19 que cumplan los requisitos establecidos.
- Los trabajadores autónomos que a, causa del COVID-19, hayan visto disminuir su facturación un 75% con respecto al semestre anterior que cumplan los requisitos establecidos.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Bono Social?
- Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual.
- Cumplir con los requisitos personales, familiares y de renta establecidos.
¿Cómo aplicar al Bono Social de Electricidad?
Se puede solicitar: por teléfono, correo electrónico, correo ordinario o fax, directamente a alguna de las comercializadoras de referencia:
Endesa Energía XXI, S.L.U. | 800 760 333 | Endesa | Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla | No disponible | |
Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U. | 900 200 708 | Curenergía | Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid | No disponible | |
Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A. | 900 100 283 | GAS & POWER | Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid | 934630906 | |
Baser Comercializadora de Referencia, S.A. | 900 902 947 | Baser | Aptdo. Correos 191 33080 Oviedo | 984115538 | |
Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U. | 900 10 10 05 | RÉGSITI | Calle Isabel Torres nº 19 39011 Santander | 910911464 | |
Comercializador de Referencia Energético, S.L.U. | 900 814 023 | COR Energético | Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 – 33080 Oviedo | No disponible | |
Teramelcor, S.L.* | 800 00 79 43 | Teramelcor | Aptdo. Correos 6 52006 Melilla | 951481180 | |
Energía Ceuta XXI Comercializadora de Referencia, S.A.U.** | 900 106 004 | Energía Ceuta XXI | Aptdo. Correos 13, 51080 Ceuta | 956517684 |
Una vez aceptada la solicitud, se estiman 15 días aproximadamente para aplicarse el descuento en su factura.
Otros beneficios del Bono Social de Electricidad
Prohibición de interrupción de suministro.
- El bono social de electricidad le permitirá también disponer de facturas eléctricas más claras, sin letra pequeña, en las que lo que se paga por la electricidad consumida es directamente el precio de la energía más impuestos y peajes, sin incluir otros productos o servicios adicionales.
- Los beneficiarios del bono social de electricidad cuentan con un periodo más prolongado para hacer frente a las facturas impagadas que el resto de consumidores (un periodo de 4 meses desde la primera notificación de impago, frente al plazo general de 2 meses).
- Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al bono social en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que el consumidor o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II o III, previo certificado expedido por los servicios sociales de las Administraciones Públicas competentes.
La Secretaría de Estado de Energía ha preparado un sencillo portal en donde podéis encontrar todo lo que hace falta saber para aplicar a este descuento.
En Almanova estamos a tu disposición para ayudarte e informarte en estos momentos tan difíciles.