El canal de Isabel II, en Madrid, también se ha unido a la iniciativa de conceder descuentos en sus facturas a través del programa
Bono Social de Agua
Podrás obtener un descuento en la factura de consumo de agua de tu vivienda habitual si estás afectado por un ERTE motivado por la situación de alarma, siempre que no recibas ningún complemento salarial adicional a la prestación por desempleo.
Bonificarán el importe total de los primeros 25 metros cúbicos que consumas en el bimestre. Además, también se bonificará el 50 % de la parte fija de tu factura.
La aplicación de estas bonificaciones tendrá carácter retroactivo: en todo caso, lo hará desde que entró en vigor el ERTE que te afecta.
A continuación os plasmamos toda la información detallada.
Entre el conjunto de Medidas Sociales por el Covid-19 esta el Bono del Agua
(Tomado de Canal de Isabel II)
Sabemos que muchas empresas y trabajadores se están viendo afectados por las consecuencias económicas y laborales de la alerta sanitaria por coronavirus (COVID-19). Por eso, en Canal de Isabel II hemos aprobado una modificación en nuestra orden de tarifas para poder aplicar una serie de bonificaciones extraordinarias en tu factura de agua.
La actividad de mi comercio o industria se ha visto afectada por el estado de alarma. ¿A qué bonificaciones tengo derecho?
- Tendrás derecho a una bonificación si tienes un contrato de uso comercial o industrial, y tu negocio se ha visto afectado por una reducción de, al menos, un 30 % de la actividad empresarial.
- También se aplicará, si lo tienes, al contrato de protección contra incendios asociado.
- Si eres autónomo y tienes un contrato de este tipo para tu negocio, también puedes beneficiarte de estas bonificaciones.
¿Qué se bonifica?
- Bonificaremos el importe total de la parte fija de la tu factura (cuota de servicio), desde la fecha de entrada en vigor del estado de alarma y mientras éste permanezca vigente.
- Además, también bonificaremos el 50 % de la parte fija de tu factura, desde la fecha de finalización del estado de alarma y durante un período de seis meses.
- Y, desde la fecha de finalización del período anterior y durante un período adicional de seis meses, descontaremos el 25 % de la parte fija de tu factura.
Si tu suministro es colectivo (plurivivienda), la bonificación se aplicará del mismo modo, pero por la parte que corresponda proporcionalmente a tu inmueble.
¿Desde qué momento se bonifica mi consumo?
La aplicación de estas bonificaciones tendrá carácter retroactivo: ni la fecha en que la solicites ni la fecha de aprobación de la orden oficial influirá en desde cuándo te aplica la bonificación. En todo caso, lo hará desde la declaración del estado de alarma, que es lo que afectó a tu actividad comercial.
¿Qué documentación debo aportar?
- Deberás presentar declaración responsable que tu negocio se haya visto afectado por una reducción de, al menos, un 30 % de su actividad.
Dichas declaraciones deberán ser entregadas en los servicios de Canal de Isabel II, S.A.
- Cuando el solicitante o su empresa no sean titular del contrato de suministro de agua por estar a nombre de una Comunidad de Propietarios o Colectivo, deberá presentar justificación documental en la que figure el domicilio fiscal de la actividad (recibos de suministros de otras compañías, declaración censal, escrito del representante de la Comunidad de Propietarios o Colectivo, etc.).
- En caso de que exista acometida de uso contra incendios, para solicitar su bonificación debe figurar a nombre del mismo titular que la de uso comercial o industrial. Si no es así, será necesario tramitar, previamente a la solicitud de la bonificación, el correspondiente cambio de titularidad, en el teléfono gratuito 900 365 365.
¿Cómo se puede solicitar el bono social de agua?
A través de nuestra Oficina Virtual. También puedes contactar con nosotros en el teléfono gratuito 900 365 365, de lunes a viernes laborables de 8:00 a 20:00. Posteriormente tendrás que remitir la documentación justificativa al correo electrónico clientes@canaldeisabelsegunda.es.
Estoy afectado por un ERTE, ¿a qué bonificaciones puedo acceder?
Podrás obtener un descuento en la factura de consumo de agua de tu vivienda habitual si estás afectado por un ERTE motivado por la situación de alarma, siempre que no recibas ningún complemento salarial adicional a la prestación por desempleo.
¿Qué bonificación me corresponde?
Bonificaremos el importe total de los primeros 25 metros cúbicos primeros que consumas en el bimestre. Además, también bonificaremos el 50 % de la parte fija de tu factura.
En el caso de consumir hasta 25 metros cúbicos (el consumo medio de un hogar de 4 personas). La factura habitual es de 41 euros al bimestre. Con esta medida se reduce a cerca de 9 euros, es decir, 4,5 euros al mes.